Définition
Sens commun
Extracción y vertido destinados exclusivamente a la satisfacción de las necesidades de las personas físicas propietarias o arrendatarias de las instalaciones y las de las personas que residen habitualmente bajo su techo, dentro de los límites de las cantidades de agua necesarias para la alimentación humana, la higiene, la limpieza y la producción de vegetales y animales reservados para el consumo familiar de dichas personas. Se asimila a un uso doméstico de agua cualquier extracción menor o igual a 40 m3/día.Origen
según el Ministerio Francés a cargo de la Ecología
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