Curso de agua


Updated on 04/07/2018
Définition
Sens commun

Se caracteriza jurídicamente por la permanencia del lecho, el carácter natural del curso de agua o su destinación al flujo normal de las aguas (por ejemplo, un canal que ofrece al río, en interés colectivo, una desembocadura suplementaria o que reemplaza al lecho natural) y por una alimentación suficiente que no se limite a los vertidos o a las aguas pluviales (es necesaria la existencia de una fuente).

Origen
según la Agencia del Agua Ródano-Mediterráneo y Córcega
Termes associés à des définitions du Sandre
Review status
Soumis au comité de relecture.