Instalación clasificada para la protección del medio ambiente


Updated on 26/10/2022
Définition
Sens technique
Instalación definida en la Nomenclatura de Instalaciones Clasificadas establecida por decreto del Consejo de Estado, y adoptada según el informe del ministro a cargo de las instalaciones clasificadas, tras dictamen del Consejo Superior de Instalaciones Clasificadas. Este decreto somete las instalaciones a autorización o a declaración, según la gravedad de los peligros o de los inconvenientes que pueda presentar su explotación. Están sujetas a las disposiciones de la Ley de Instalaciones Clasificadas de 19 de julio de 1976 las fábricas, talleres, almacenes, obras y, de forma general, las instalaciones explotadas o poseídas por toda persona física o moral, pública o privada, que puedan presentar riesgos o inconvenientes, para la comodidad del vecindario, para la salud, la seguridad, o la salubridad pública, para la agricultura, para la protección de la naturaleza y del medio ambiente, o para la conservación de los sitios de interés y los monumentos. Asimismo, las disposiciones de esta ley son de aplicación en las explotaciones de canteras, a efectos de los artículos 1.º y 4.º del Código Minero.
Origen
según el Ministerio Francés a cargo del Medio Ambiente y la OFB (Oficina Francesa de la Biodiversidad, en Francia)
Thématiques associées
Review status
Soumis au comité de relecture.