Límite transversal del mar


Updated on 13/07/2018
Définition
Sens réglementaire
Línea que distingue fundamentalmente el dominio público marítimo (aguas abajo de ella) del dominio público fluvial (si el curso de agua considerado es demanial) o del dominio privado de los ribereños (aguas arriba de ella). El límite transversal del mar (LTM) es el auténtico límite del mar según el derecho nacional, y es el que sirve de referencia para determinar los municipios «ribereños del mar» a efectos de la Ley Litoral. El Decreto n.º 2004-309 de 29 de marzo de 2004, relativo al procedimiento de delimitación de la ribera del mar, de los terrenos creados por depósito de materiales o por la retirada del mar, y de los límites transversales del mar en la desembocadura de los ríos, define el procedimiento a aplicar.
Origen
según el Ministerio Francés a cargo de la Ecología
Thématiques associées
Review status
Soumis au comité de relecture.